Tras la decisión del Consejo de Estado de declarar legal la elección de José Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional para el periodo 2024-2027, se advirtió que el fallo no define si podrá regresar al cargo, dejando abierta la disputa por la rectoría.Luego de conocerse el fallo, encapuchados salieron en inmediaciones de la carrera 30, a la altura de la calle 45, frente a la Universidad Nacional, donde lanzaron bombas incendiarias en plena vía pública. Incluso, uno de estos artefactos por poco impacta un bus de Transmilenio. Leopoldo Múnera, quien se mantiene en el cargo, dijo en un comunicado que se “respetará y cumplirá las dos sentencias definitivas que serán proferidas por el Consejo de Estado en los próximos días”.La demanda: acusaciones de irregularidades y exclusión de Leopoldo MúneraLos demandantes alegaban que el CSU vulneró normas internas y la Constitución al no informar oportunamente la metodología de votación, aplicar el método ponderado o “Borda” y, presuntamente, manipular la elección para excluir a Leopoldo Múnera Ruiz, quien había obtenido la mayor puntuación en la primera ronda de votación.La decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas, concluyó que no hubo irregularidades en la citación a la sesión de elección. “Debe concluirse que la sesión para elegir rector de la UNAL tiene carácter extraordinario y su regulación interna no impone que la citación deba estar acompañada de documentación alguna, pues este deber aplica para las reuniones ordinarias (…) En efecto, la agenda de la sesión del 21 de marzo de 2024 previó como único aspecto a abordar la designación del rector de la UNAL y, en consecuencia, la definición de la metodología de votación que se aplicaría para tal efecto”, dice.Universidad Nacional. Foto:Cortesía.El método de votaciónEl fallo explica que el CSU definió previamente el sistema de votación ponderada con rondas eliminatorias, aprobado antes de iniciar la elección. Bajo esta metodología, los dos candidatos con mayor puntaje avanzaban en cada ronda.En la primera votación, Leopoldo Múnera obtuvo 28 puntos y José Ismael Peña 27, lo que les permitió pasar a la segunda ronda. Sin embargo, en la siguiente, Peña alcanzó 19 puntos y Múnera 14, quedando este último fuera de la contienda.Sobre este punto, la Sección Quinta precisó:”En la segunda votación, el demandado obtuvo el mayor puntaje (19), y aquel quedó de tercero con 14 puntos, por lo que fue eliminado. (…) Aplicadas las reglas de la metodología definida por el CSU, Leopoldo Alberto Múnera Ruiz no logró mantenerse en la contienda, comoquiera que, en la segunda tanda eliminatoria, no estuvo dentro de los dos candidatos mejor puntuados”.Además, rechazó el argumento de que, con voto directo desde el inicio, Múnera habría resultado elegido:”El dicho de los accionantes, según el cual, si se hubiera adoptado el sistema de voto directo, desde el comienzo, el ganador hubiera sido Leopoldo Múnera Ruiz, además de errado, desconoce la metodología acordada por el CSU”.Para el exmagistrado del Consejo de Estado, Carlos Alberto Zambrano, “las normas que regulan la elección del rector establecen que el CSU tiene la facultad de definir la metodología. En este caso, la metodología se eligió antes de la votación. Que en elecciones anteriores se hayan usado otros métodos no significa que exista la obligación de repetirlos. Esto deja en libertad al Consejo para escoger el mecanismo que considere adecuado, lo cual es posible en la medida en que cambien los integrantes del CSU”.Leopoldo Múnera  Foto:Leopoldo Múnera’No hubo desviación de poder’Uno de los puntos más polémicos fue la acusación de que el método “Borda” se utilizó para manipular la elección y excluir a Múnera. El Consejo de Estado negó esta afirmación:“La eliminación de Leopoldo Alberto Múnera Ruiz fue el resultado de la segunda ronda de votación ponderada, lo cual obedeció a los puntajes que le otorgaron los consejeros con derecho a voz y voto, sin que se haya demostrado alguna irregularidad en esa etapa”.Asimismo, resaltó que en el acta de la sesión “no se registran objeciones ni reparos de los miembros del CSU frente a los resultados de las rondas de votación” y que todos los consejeros aplicaron la metodología que ellos mismos aprobaron antes de iniciar la elección.Leopoldo Múnera. Foto:César Melgarejo/ El TiempoEl acto de posesión no afecta la legalidad de la elecciónLos demandantes también cuestionaron la posesión de Peña ante el notario 14 de Bogotá, alegando que el acta 5 del 21 de marzo de 2024 no había sido suscrita. Sobre esto, la Sala fue enfática:“Las irregularidades relacionadas con la posesión no tienen la entidad para afectar la legalidad del acto de elección, comoquiera que se trata de una formalidad posterior a ella, que no está relacionada con la voluntad de la administración para designar”.Tras analizar todos los argumentos, el Consejo de Estado resolvió:“Negar la nulidad de la elección de José Ismael Peña Reyes, como rector de la UNAL, para el periodo 2024-2027, contenida en el Acuerdo 05 del 21 de marzo de 2024 del Consejo Superior Universitario.”Sin embargo, la sentencia aclara que esta decisión no implica el regreso automático de Peña al cargo:“La decisión de negar la nulidad (…) no implica que esto tenga como consecuencia su regreso al cargo, pues este juez de lo electoral se limitó a definir su legalidad y no al reconocimiento de derecho alguno”.Universidad Nacional . Foto:EL TIEMPOLo que viene ahora para la UNALAunque el Consejo de Estado cerró el debate sobre la legalidad de la elección, el futuro de la rectoría sigue abierto. En la actualidad, Leopoldo Múnera ejerce como rector encargado tras la suspensión provisional de Peña en 2024. La decisión judicial no ordena el regreso inmediato del designado, por lo que la UNAL deberá resolver internamente los pasos administrativos que siguen.El exmagistrado Zambrano concluyó que “este fallo no restituye ningún derecho a Peña. Cuando fue elegido, su designación fue válida. Sin embargo, al elegirse a Leopoldo Múnera, su elección también se presume válida, conforme a las reglas del derecho administrativo, hasta que se decida si es anulada, revocada o confirmada. Mientras el Consejo de Estado no anule esa elección, no habría motivo para convocar un nuevo proceso para escoger rector”.El abogado Samuel Alejandro Ortiz Mancipe Abogado explica que “lo que pasará al final es que se anulará la elección de Múnera, se tendrá que rehacer el proceso y lo más seguro es que lo vuelvan a elegir. Hay que ver cómo se resuelven las recusaciones que presentó el profesor Diego Torres contra varios de los integrantes del Consejo Superior Universitario, para saber si se modifican las cargas allí”.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.com

Shares: