De acuerdo con los más recientes datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi), un 16 por ciento de las más de 35 millones de viviendas habitadas en el país se rentan.

Estos inmuebles van desde los cuartos más básicos, con un espacio elemental, hasta espaciosas residencias que se arriendan en algunos de los sectores de mayor plusvalía en el país.

Como la mayoría de las actividades económicas, la renta de tu casa o departamento debe ser declarada al Servicio de Administración Tributaria para que pagues los impuestos correspondientes.Noticias Relacionadas

En el caso de las viviendas solas, el derecho que debes pagar al gobierno es el Impuesto Sobre la Renta, el cual se eleva de manera gradual dependiendo el costo del alquiler. Si lo arriendas amueblado o se trata de un local comercial, también deberás pagar el Impuesto al Valor Agregado.


Los alquileres causan obligaciones fiscales. Foto: Cuartoscuro

¿Cómo se calculan los impuestos a las rentas de casas?

En el caso del Impuesto al Valor Agregado, no tiene mucha ciencia: el gobierno cobrará el 16 por ciento del total de la renta que cobres por el cuarto, departamento, casa, local o residencia a tu inquilino.

El Impuesto Sobre la Renta es un poco más complejo. Al tratarse de un impuesto directo, es decir, que debe pagarlo el dueño del inmueble que se alquila, va aumentando gradualmente desde un 2 hasta un 35 por ciento.


Los locales comerciales y las viviendas amuebladas pagan ISR e IVA. Foto: Cuartoscuro

El límite inferior, que implica una tasa del 1.92 por ciento, es el de una ganancia mensual de 644 pesos, mientras que para aquellas rentas que superan los 324 mil 845 pesos, el monto del impuesto es del 35 por ciento.

Esta actividad debe ser declarada al SAT mensual o trimestralmente, y su no presentación puede implicar multas que van de los 400 a los 97 mil pesos. Pero no todo es malo: en algunos casos, puedes aplicar para una deducción de hasta un 35 por ciento de las obligaciones fiscales.

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